2 de septiembre de 2024
¿Qué es courier?
Es un servicio de mensajería que brindan empresas especializadas en transporte y entrega de productos, usado para enviar documentos o paquetes, que cumplan los requisitos contemplados en la norma aduanera del país (Art. 193, Decreto 2685 de 1999).
¿Cuáles son estos requisitos?
- Que el valor del paquete no exceda los USD 2000 dólares.
- Que el peso físico no exceda los 50 kg.
- Que las medidas no excedan los 1.50 mts por ninguno de sus lados.
- Que se envíen máximo 6 unidades de cada referencia.
¿Qué hacer si mis artículos exceden los límites estipulados para envíos Courier?
En este caso es conveniente que se maneje otra modalidad para el ingreso de los paquetes al país, como es, la importación ordinaria.
¿Qué artículos no están permitidos?
- Teléfonos celulares, se permite solamente 1 por envío
- Dinero
- Armas
- Municiones
- Prendas militares
- Drogas
- Joyas
- Plantas
- Animales vivos
- Material peligroso
- Juguetes bélicos
- Revistas pornográficas
- Vehículos automotores usados, entre otros
Para estar enterado a detalle, recomendamos leer la norma, o consultar con un experto.
¿Qué tramites se deben realizar para trabajar bajo esta modalidad?
La modalidad Courier permite enviar o recibir mercancías sin tener que hacer los trámites aduaneros que conlleva una importación ordinaria, siempre que se cumplan ciertas condiciones.
Aun así, es importante realizar una consulta previa ante la DIAN sobre los requisitos, documentación solicitada, y tributos a pagar, según su caso.
Para ciertas mercancías es necesario solicitar una licencia previa a su llegada, y en caso de no realizar correctamente esta gestión, puede encontrarse con multas, sanciones, o decomisos.
Pago de tributos:
- Para mercancías con un valor inferior a USD $200: Arancel 0% – IVA 0%.
- Para mercancías con un valor superior a USD $200: Arancel 10% – IVA 19%.
- Estas tasas de impuestos aplican para cargas procedentes de Estados Unidos. Para otras procedencias, los impuestos serán los mismos: Arancel 10% – IVA 19%.
Les dejamos las siguientes recomendaciones según indica la DIAN:
- El envío debe llegar con factura o documento equivalente.
- El pago de los tributos aduaneros se liquida sobre el valor del precio pagado, sumado al valor del flete, y el seguro internacional,
- El valor pagado debe corresponder con el valor de la factura.
- El valor de la factura debe coincidir con el valor declarado en el documento de transporte expedido por la empresa intermediaria de tráfico postal.
- No utilice tramitadores informales. Recuerde que la intermediación aduanera solo es posible a través de las agencias de aduanas autorizadas.
